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En España aumentan los desheredados gracias a la pandemia del coronavirus

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En España aumentan los desheredados gracias a la pandemia del coronavirus

El abandono al que sometieron hijos a padres y madres en medio de la crisis del coronavirus, elevó las solicitudes para sacarlos de sus testamentos.

Redacción | Primer Informe

La pandemia del coronavirus cambió la vida de todos, cuando se rompió el acercamiento familiar. Esto ha desencadenado una serie de decisiones por parte de personas de la tercera edad en España por el estado de abandono en que han quedado tras la amenaza latente que significa la COVID-19.

Los trámites para desheredar o borrar del testamento a los hijos ha aumentado en la península ibérica. Padres, madres y abuelos han decidido, motivados por conflictos familiares enquistados en el tiempo que llevaban sin hablar ni recibir visitas por parte de sus descendientes directos, y que acrecentó el desinteres familiar debido a la COVID-19, han iniciado los trámites necesarios para ejecutar un proceso legal complejo, pero que sigue subiendo en España.

«La gota que ha colmado el vaso ha sido el confinamiento. Sufrir la soledad y ver que sus hijos no les han llamado ni se han preocupado por ellos ni un solo día para comprobar siquiera si estaban bien o si necesitaban algo», comentó Marcelo Cornellá, presidente de la Asociación Cultural de Mayores de Fuenlabrada (ACUMAFU), una organización que desde hace cuatro años acompaña a las personas mayores que lo desean en los trámites para poder desheredar a sus descendientes, según publica Vozpópuli.

Según los datos de Cornellá, la asociación recibía una media de 45 solicitudes mensuales de información para poder desheredar, hasta el año 2019. Desde marzo de este año la media aumentó a 220 consultas al mes, incrementando las solicitudes en un 490% que ACUMAFU atribuye directamente a la pandemia.

«Esos son los casos que nos llegan a nosotros, pero podemos estar hablando de miles de personas más que acuden directamente a sus abogados o notarios de confianza», indicó el presidente de ACUMAFU.

Cabe destacar que la legislación española, exceptuando en País Vasco y Navarra, obliga a los padres dejar al menos un tercio de la herencia a los hijos, lo que se conoce como “la legítima”, sin embargo, el código civil y recientes sentencias del Tribunal Supremo contempla varias excepciones que permiten poder borrar a los hijos del testamento.

«Es una tendencia que va en aumento incluso después del confinamiento porque la pandemia no se acaba. Ven que sus hijos siguen sin interesarse por ellos, pero cuando se mueren no hay ni un solo hijo que no se preocupe por saber cuánto le corresponde de la herencia», añade Cornellá.

El abandono de los adultos mayores por parte de los hijos no es un fenómeno nuevo y este encuentra su origen generalmente en dos tipos de conflictos familiares que se enquistan con el pasar del tiempo y que, a su vez, explican porque el 78% de las personas que deciden desheredar son hombres y el 22% mujeres, según datos aportados por Marcelo Cornellá

En el caso de los hombres el motivo principal es que luego de divorciarse de sus esposas o de irse de casa hace años y sus hijos, decidiendo favorecer a la madre, les retiraron la palabra para siempre. Otro de los casos comunes es el de los conflictos por disputas con los yernos o nueras los padres se ven apartados de sus hijos y a veces impedidos de convivir con sus nietos, o tan siquiera llegar a conocerlos.

«Yo estoy llevando casos de desherencias de hombres que se divorciaron en 1999 y los hijos, que entonces eran ya mayores de edad y ahora tienen más de 40 años, se pusieron entonces del lado de la madre y decidieron dejar de hablarles», asevera Francisco Rubiales, abogado. «Pero luego siempre están atentos a la herencia», añade.

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¿Cómo se lleva a cabo la desherencia de los hijos?

Según las leyes españolas se puede dejar sin el tercio de la herencia que corresponde a los hijos por la legítima, los emisores deben acreditar ante un notario pruebas de que han vivido alguna de las cuatro excepciones que contempla el codigo civil español, por medio de su artículo 853:

  • Haberles negado el pan
  • Haberles agredido físicamente
  • Haber realizado actividades de carácter inmoral (prostitución, por ejemplo)
  • Haber cumplido condena en prisión

Estos ítems también han sido reinterpretados por el Tribunal Supremo en los últimos años en diferentes sentencias para apoyar también como circunstancias objetiva el maltrato psicológico.

El abogado Francisco Rubiales explicó que «si un hijo lleva 18 sin ver ni hablar a su padre y sin dejarle ver a sus nietos, ¿pierde el derecho a heredar? El Supremo ha llegado a la conclusión de que sí es causa suficiente que se puede atribuir a una circunstancia de maltrato».

Por su parte, Marcelo Cornellá, presidente de ACAMAFU asegura que “a la hora de hacer el testamento ante notario se intenta acreditar mediante informes de psicólogos que hubo un maltrato psicológico, muchas veces es por no poder ver a los nietos, y con eso lo que se busca es que el juez pueda tener pruebas para certificar las razones por las cuales se ha llevado a cabo la desherencia».

Si los padres o abuelos que son los testamentarios mueren y el desheredado quiere recurrir a tribunales para reclamar la legítima, deberá demostrar que eran falsas las pruebas aportadas por el fallecido ante el notario para justificar su desheredamiento. «El juez, a la vista de esas pruebas, decide entre estimar la petición de los desheredados (recuperan su derecho a la legítima) o desestimar el recurso (se quedan definitivamente sin herencia)», añade Rubiales.

Rubiales explicó que «hay casos en los que el fallecido ha decidido desheredar a tres de sus hijos, pero mantener en el testamento a un cuarto que sí se ha preocupado por él y no le ha retirado la palabra a diferencia del resto, o viceversa. En casos así es cuando se producen mediaciones para evitar que el pago de la herencia al heredero legítimo se prolongue demasiado en el tiempo».

Los especialistas califican este proceso como muy complejo. Las dificultades para probar las causas de la desherencia y los trámites necesarios para aprobarlos provocan que en muchas ocasiones se trate de procesos legales demasiado largos. Es más, los datos aportados por ACUMAFU, dan cuenta que el 18% de las personas interesadas en desheredar a sus descendientes lograron su cometido.

 

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